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COMITÉ DE MINISTROS ACOGE RECLAMACIONES PRESENTADAS POR LA CIUDADANÍA Y DECIDE RECHAZAR PROYECTO HIDROAYSÉN

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«Se ha decidido acoger los recursos presentados por la comunidad y dejar sin efecto la RCA que aprobó HidroAysén, por lo que el proyecto se declara rechazado en este acto administrativo», afirmó el ministro del Medio Ambiente, Pablo Badenier, tras la reunión.

 

 

 

El Comité de Ministros encabezado por el titular del Medio Ambiente, Pablo Badenier, resolvió hoy rechazar el proyecto HidroAysén tras analizar las 35 reclamaciones pendientes respecto de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) para construir cinco centrales de generación hidroeléctrica (Baker 1, Baker 2, Pascua 1, Pascua 2.1 y Pascua 2.2) en las comunas de Cochrane, Villa O´Higgins y Tortel de la Región de Aysén.

«En el marco de los recursos de reclamación interpuestos contra el proyecto HidroAysén, se ha decidido acoger los recursos presentados por la comunidad y dejar sin efecto la RCA que aprobó HidroAysén, por lo que el proyecto se declara rechazado en este acto administrativo», afirmó el ministro del Medio Ambiente, Pablo Badenier, al anunciar la decisión adoptada por el Comité de Ministros en la reunión de esta mañana.

Con esto, se toma una decisión definitiva respecto de la construcción de estas centrales, luego que en enero el Comité de Ministros de la administración anterior resolviera de manera parcial las reclamaciones, acto que fue invalidado en el mes de marzo por el Comité de Ministros actual por considerarlo ilegal.

«Creo que las decisiones del Comité de Ministros anterior le hicieron daño a la institucionalidad ambiental, no es conveniente que recursos hayan estado pendiente por dos años», dijo Badenier.

Junto con ello, y respecto del escenario que abre el rechazo a HidroAysén, el ministro del Medio Ambiente afirmó que «lo importante acá es que los buenos proyectos se aprueben y los malos se rechacen (…) Hoy tenemos muchos proyectos ingresados donde vemos con buenos ojos la presentación de energías no convencionales. Alternativas hay, en proyectos aprobados y no materializados»

Antecedentes:

El Estudio de Impacto Ambiental del proyecto HidroAysén ingresó a trámite en agosto de 2008, y obtuvo su RCA el 13 de mayo de 2011. Entre mayo y octubre de 2011 se presentaron 35 recursos de reclamación a la aprobación de HidroAysén, 34 de organizaciones ciudadanas y una del titular del proyecto.

El 30 de enero de 2014, el Comité de Ministros de la anterior administración resolvió estas reclamaciones de manera parcial, dejando pendientes 18 recursos y solicitando nuevos estudios. El 19 de marzo de 2014, el Comité de Ministros del actual gobierno decidió invalidar la resolución anterior, ya que la resolución parcial de las reclamaciones afecta la unicidad del procedimiento administrativo y el principio de «evaluación integral» que subyace al SEIA, por lo que se determinó su ilegalidad.

Resolución de recursos de reclamación:

Fueron reclamadas 993 observaciones, por falta o deficiente ponderación de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén. Estas se agrupan en las variables Paisaje y Turismo (308); Medio Humano -con Plan de Relocalización (PdR) y sin Plan de Relocalización-y Patrimonio Cultural (225), Cuestiones Procedimentales de la Ley 19.300 (153), Medio Físico -Hidrología- (132), Ecosistema Terrestre -flora y fauna- (124), y Ecosistema Acuático Continental y Marino -flora y fauna- (51).

Tras analizar las reclamaciones, se determinó que algunas de ellas presentan deficiencias graves, que se detallan a continuación y que fundamentan la decisión del Comité de Ministros:

1) Medio Humano con Plan de Relocalización (39 familias)

Inexistencia de sitios de acogida y estudios de cabida: El PdR presentado por el titular del proyecto no puede considerarse apropiado porque no se presentaron los sitios de acogida y no se realizó estudio de cabida alguno. Esta es una medida de compensación que debe producir o generar un efecto positivo alternativo equivalente a un efecto adverso identificado. Sin embargo, en el EIA de HidroAysén sólo se da cuenta de los criterios para escoger los predios receptores, pero no se presentó predio receptor ni estudio de cabida alguno (este último determina la sustentabilidad económica de los predios receptores).

Estos elementos constituyen un requisito mínimo en cualquier PdR, por lo que se considera que no se hace cargo del impacto. Por tanto, se debe aplicar el inciso final del Art. 16 de la Ley 19.300, el que dispone que el EIA será aprobado si propone medidas de mitigación, compensación o reparación apropiadas. En caso contrario será rechazado. Conforme a lo anterior, el proyecto debió ser rechazado.

2) Hidrología

Crecidas de origen hidrometeorológico o de tipo GLOF (Glacial Lake Outburst Flood): Para una crecida de 3.500 m3/s (1.000 m3/s base del río Baker más 2.500 m3/s en el peak del aporte producto del GLOF), los efectos en la angostura en la confluencia Baker-Colonia (Valle Grande) no fueron evaluados. No se presentaron modelaciones de los riesgos de inundación solicitados por la DGA y Sernageomin. Esto vulnera el Art 12 letra d) de la Ley 19.300, que establece que un EIA considerará «una predicción y evaluación del impacto ambiental del proyecto o actividad, incluidas las eventuales situaciones de riesgo».

En consecuencia, no se propusieron medidas de mitigación, reparación y compensación, y medidas de prevención de riesgos y control de accidentes. Por tanto, se vulneró el Art. 12 letra e) de la Ley 19.300. En suma, se vulneró el inciso final del Art. 16 de la Ley 19.300.

Fluctuación de caudal intradiaria por operación normal de la central (pulsos): El proyecto permite que la central -una vez despachada por el CDEC- aumente su caudal de evacuación de manera inmediata para alcanzar los 1.275 m3/s que permiten generar a máxima potencia. Estos cambios de caudal generan oscilaciones en el nivel del río a diario, lo que tendría efectos negativos no evaluados aguas abajo del embalse. Al no ser evaluados estos impactos, se vulneró el Art 12 letras d) y e) de la Ley 19.300, así como el inciso final del Art. 16 de la Ley 19.300.

3) Ecosistema Terrestre (Fauna)

Sólo se contempla un estudio de cérvidos, no hay medidas para carnívoros ni anfibios. Respecto de los primeros, hay un deficiente levantamiento de línea base respecto a metodologías e implementación. Falta análisis del impacto que generaría el desplazamiento de carnívoros producto de las intervenciones e inundaciones.

En cuanto a los anfibios, el levantamiento de información en general fue deficitario, pero aun así, durante el proceso de levantamiento de línea base se detectó la presencia de especímenes que no pudieron ser identificados a nivel de especie, por lo que se deben precisar estas deficiencias.

Al no evaluarse determinados impactos, se vulneraron el Art 12 letra d) y el Art. 12 letra e) de la Ley 19.300, y en consecuencia, el inciso final del Art. 16 de la Ley 19.300.

En base a estas consideraciones, el Comité de Ministros encabezado por el titular del Medio Ambiente, Pablo Badenier, resolvió acoger los recursos de reclamación provenientes de la Participación Ciudadana y deja sin efecto la RCA del proyecto HidroAysén, por lo que el proyecto es rechazado.

Fuente: Ministerio Medio Ambiente

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Royalty minero recaudó más de US$1.550 millones en su primer año de vigencia y tres mineras concentran el 90% de los pagos

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La cifra global de 2024 arrojó una recaudación mayor a la proyectada por el propio Ejecutivo. Las operaciones de Escondida, Collahuasi y Los Pelambres explicaron por sí solas US$1.398 millones en pagos de acuerdo a la nueva legislación, reafirmando la dependencia fiscal del Estado en un grupo reducido de faenas mineras, altamente rentables.


Una recaudación mayor a la proyectada consiguió durante 2024 la aplicación del nuevo royalty minero, en su primer año de vigencia. Si el Ejecutivo estimaba que el cobro tributario específico, aprobado en agosto de 2023, recaudaría en torno a US$1.350 millones en régimen, lo cierto es que la cifra del primer año de aplicación arrojó un número superior a ese. Al menos así lo revela un análisis realizado por la consultora 1st Quartil Mining, a los balances de la mineras que informaron a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) en sus estados de resultados los pagos relacionados con este y otros impuestos.

Así, de acuerdo con sus cálculos, el royalty minero generó una recaudación superior a los US$1.550 millones, considerando las trece principales operaciones mineras del país (ver gráfico), de un total de 34 sociedades afectas al régimen específico. Las cifras revisadas por la consultora no consideran el impuesto ad valorem correspondiente al 1% de los ingresos por ventas de cobre. El ejercicio fue liderado por el director ejecutivo de la entidad, Claudio Valencia.

Del total contabilizado, sólo tres operaciones concentran el 90% de los pagos: Minera Escondida, el mayor yacimiento de cobre del mundo operado por BHP -que cuenta con el 57,5% de la propiedad-, aportó con US$839 millones, siendo el mayor de los pagos en toda la industria minera del cobre y explicando el 54% del total. La cifra, neta de otros beneficios de los impuestos a las ganancias, es sólo una parte de los tributos totales que pagó la minera en el ejercicio pasado, que alcanzaron los US$ 2.371 millones, incluyendo los impuestos a la renta, donde las mineras pagan el mismo 27% corporativo que el resto de la industria.

Sin embargo, la reconciliación de la tasa de impuesto efectivamente pagada por Escondida arroja una cifra aún mayor: US$969 millones por concepto de royalty minero. Según detallan los propios balances de la compañía, el monto se compara con el pago por US$226 millones realizado durante 2023 por concepto del Impuesto Específico a la Actividad Minera (IEAM), que regía en ese entonces.

La aplicación del nuevo royalty minero hizo que para la principal operación productiva de cobre del país la tasa aplicada en gravámenes específicos saltara desde el 5,75% en 2023, al 17,11% en 2024.

Cabe recordar que el nuevo esquema tributario del sector pasó de gravar el resultado operacional de las mineras en una escala de tasas que rondaba entre 5% y 14%, a aplicar una escala de impuesto sobre el nivel de la producción de cada firma. De esta forma, aquellas firmas que producen menos de 50 mil toneladas anuales pagan entre un 0,4% y un 4,4%, mientras que aquellos productores que superen dicho nivel y más de la mitad de ella corresponda a cobre, pagarán un componente ad valorem de 1%, y además una tasa progresiva que va de 8% a 26% del margen operacional minero.

Escondida produjo en el ejercicio pasado un total de 1.241 mil toneladas de cobre fino, un 16% superior a lo visto en 2023. En dicho período, las utilidades de la minera alcanzaron los US$3.290 millones, El nuevo esquema tributario hizo que la minera anotara un aumento de 61% en el pago de impuestos, en comparación al mismo periodo de 2023.

El segundo actor que más contribuyó con los pagos contabilizados por 1st Quartil Mining fue Collahuasi, con aportes por US$363 millones. La operación, controlada por el joint venture entre Anglo American y Glencore, donde cada una cuenta con el 44% de la propiedad, y consorcio Japan Collahuasi Resources, el 12% restante, informó en sus balances que la tasa impositiva en 2024 alcanzó el 14,4%, versus el 6,7% visto en 2023, año en que pagó US$152 millones por el IEAM.

El resultado pasó por las 558 mil toneladas en producción de cobre que reportó la operación durante el ejercicio, lo que le permitió obtener utilidades por US$1.542,9 millones, y un reconocimiento por concepto de impuestos de US$969,9 millones.

En los documentos enviados por la minera a la CMF, habla de US$383,3 millones por concepto del royalty minero, calculado sobre la renta imponible operacional. A ello suma US$44,1 millones correspondientes al componente ad valorem calculado sobre las ventas.

El total, dice la propia compañía, asciende a los US$427,4 millones en reconocimientos por concepto de royalty minero.

El tercer actor que completa el listado de mineras que más pagan royalty es Los Pelambres, donde el grupo Luksic tiene el 60% de la propiedad, y un consorcio japonés, el 40% restante. Según la consultora, los aportes por royalty minero de Pelambres fue de US$196 millones en 2024. El cargo se compara con los US$86 millones pagados por la minera en 2023 por concepto del IEAM.

Según detallan los estados de resultados de Pelambres, la tasa aplicada para el cálculo del gravamen de la minera fue de un 12,73%, versus el 6,3% que se le aplicó con la legislación tributaria anterior.

Impacto en la competitividad

La mayor parte del resto de las operaciones mineras de cobre privadas realizaron aportes significativamente menores, incluso con montos inferiores a los US$ 70 millones. Además, varias de ellas no registraron pagos, como Spence, de BHP, dada la invariabilidad tributaria con la que cuenta dicha operación hasta 2032. En el grupo de las mineras que tampoco registraron pagos de royalty minero, también se encuentra Quebrada Blanca, controlada en un 60% por la canadiense Teck, un 30% de Sumitomo y el 10% que Codelco compró a Enami en 2024. La minera informó pérdidas por US$779 millones en 2024.

En el análisis de Valencia, los resultados muestran además de la concentración del 90% de los pagos en tres actores, un impacto en la competitividad del sector.

“Desde una perspectiva de mediano y largo plazo, el impacto del royalty en la competitividad de la industria minera nacional y el atractivo para la inversión debe ser siempre monitoreado y comparado frente a otros distritos mineros. Es fundamental para resguardar la competitividad, sostenibilidad y atractivo del país como destino de inversión minera”, indicó.

También, apuntó a la preocupación que sus clientes le han expresado por el correcto uso de los recursos.

”Un uso adecuado de estos fondos permite mejorar la calidad de vida de las comunidades y fomentar un desarrollo económico más diversificado y sostenible. Cuando la ciudadanía percibe beneficios concretos en su entorno, se fortalece la legitimidad social de la minería y se reduce la conflictividad. Por el contrario, la falta de planificación, control o transparencia en la asignación de estos recursos puede traducirse en malgasto, clientelismo o pérdida de confianza en las instituciones. Por ello, una gestión eficaz y estratégica del royalty no solo es una obligación ética, sino también una condición para asegurar el desarrollo armónico de los territorios mineros y la continuidad de la actividad extractiva con respaldo social”, agregó.

 



Fuente/Pulso/LaTercera
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Una mujer liderará directorio de SQM

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De forma sorpresiva para el mercado, SQM informo la renuncia sorpresiva del presidente y vicepresidente de su directorio, Gonzalo Guerrero y Patricio Contesse F., respectivamente.

Asimismo, por primera vez en su historia, el mayor productor de litio del mundo pasará a ser liderado por una mujer


A través de un hecho esencial la compañía comunicó la renuncia del actual presidente y vicepresidente de su directorio y el nombre de quien presidirá la instancia.

SQM informó este martes la renuncia del presidente y vicepresidente de su directorio, Gonzalo Guerrero y Patricio Contesse, respectivamente. Asimismo, por primera vez en su historia el mayor productor de litio del mundo pasará a ser liderado por una mujer, Gina Ocqueteau.

Según reportó la compañía a través de un hecho esencial presentado a la Comisión para el Mercado Financiero, ambos ejecutivos presentaron su dimisión a los cargos pero mantendrán otros roles dentro del mismo directorio.

El directorio reunido en sesión ordinaria, eligió a la directora Gina Ocqueteau como presidenta, mientras que Gonzalo Guerrero pasó al cargo de vicepresidente. Por su parte, Patricio Contesse, se mantendrá como director de la minera.

El cambio del gobierno corporativo de la firma respondería a una política interna que ha llevado adelante SQM desde la salida de su histórico presidente Julio Ponce Lerou tras 28 años y que contempla la renovación de los altos mandos del directorio cada tres años.

La primera mujer presidenta

Enfermera de la Universidad de Chile con un MBA de ESADE Bussiness School, Gina Ocqueteau se desempeñaba desde abril de 2022 como directora independiente de SQM por la serie A, tras ser postulada por el Grupo Pampa Çalichera (que elige 3 de los 8 integrantes del directorio).

A lo largo de su carrera se ha destacado por ocupar distintas gerencias de la ACHS, asi como su participación en una serie de directorios de distintas compañías. En la vereda pública, integró el Consejo Asesor del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género en 2021.

De acuerdo a la página web de SQM, actualmente es la Directora de la Cámara de Comercio Asia Pacífico y Fundación Marca Chile, consejera de Chile Mujeres, docente de BOW Mujeres Empresarias, cofundadora de Unión Emprendedora, socia fundadora de CrossCheck y gerenta general de Waygroup Chile. También es directora de Enel Chile desde abril de este año.

 



Fuente/Diario Financiero
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Gobierno cierra misión en Bruselas con acuerdos estratégicos para fortalecer estrategia de minerales críticos

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Ministra Aurora Williams encabeza misión sobre minerales críticos en Bruselas para fortalecer alianza estratégica con la Unión Europea

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Codelco acuerda términos y condiciones con BHP para la exploración de su pertenencia “Anillo”

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