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EL RECHAZO DEL COMITÉ DE MINISTROS A DOMINGA ES NOTIFICADO CINCO MESES DESPUÉS DE LA DECISIÓN: EMPRESA ANUNCIA RECLAMACIÓN JUDICIAL

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El documento fue notificado a Andes Iron y expone los argumentos con que la instancia resolvió acoger doce de los 26 recursos de reclamación presentados en contra de la calificación ambiental favorable que presentaba la polémica iniciativa. La empresa comunicó que recurrirá a los tribunales ambientales. «Resultan sorprendentes los argumentos utilizados por el Comité de Ministros, quienes se refieren a una serie de temas que ya fueron resueltos por la justicia ambiental», afirmó la compañía.


Fue el pasado 18 de enero cuando el Comité de Ministros decidió rechazar en forma unánime el proyecto portuario-minero Dominga, cuyo titular es Andes Iron. El episodio sumó un nuevo capítulo a la larga y polémica historia de la iniciativa, que considera una inversión cercana a los US$2.500 millones en la comuna de La Higuera, en la región de Coquimbo. Sin embargo, hasta este jueves, la empresa no había sido formalmente notificada de la decisión adoptada por los ministros Maisa Rojas, de Medio Ambiente; Diego Pardow, de Energía; Marcela Hernando, de Minería; Nicolás Grau, de Economía; Esteban Valenzuela, de Agricultura; y Ximena Aguilera, de Salud.

Dicha notificación fue enviada ayer, a cinco meses de la decisión del órgano encargado de resolver los recursos de reclamación presentados en contra de un Estudio de Impacto Ambiental. La instancia tuvo que pronunciarse sobre doce de los 26 recursos presentados en contra de la calificación ambiental favorable que presentaba el proyecto, cuya RCA había sido aprobada el 24 de agosto de 2021 por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA).

En un extenso documento de 211 páginas, la resolución repasa las distintas reclamaciones presentadas en contra del proyecto. Sin embargo, detalla que al momento de analizar los recursos, hubo tres principios ambientales aplicados al momento de deliberar, los principios preventivo, precautorio e in dubio pro natura que “requieren un estándar más elevado de evaluación y descarte de impactos significativos”, según detalla la propia resolución. Ello, en contraste con la normativa legal aplicable mencionada en el escrito, que “no establecen un estándar de prueba aplicable en materia ambiental, cuya definición juega un papel clave en aquellos sistemas de libre valoración de la prueba”.

La notificación formal de la decisión era clave, porque solo con eso la empresa podía reclamar a la justicia, cosa que anunció que hará. “Recurriremos ante los Tribunales Ambientales tal como lo establece la ley, en un plazo máximo de 30 días. Esta instancia analiza los proyectos en su mérito técnico y jurídico, donde hemos obtenido resultados favorables, por lo que estamos confiados en que los organismos técnicos resuelvan conforme a derecho”, reaccionó la empresa en una declaración enviada a Pulso.

“Resultan sorprendentes los argumentos utilizados por el Comité de Ministros, quienes se refieren a una serie de temas que ya fueron resueltos por la justicia ambiental, la que establece que Dominga cumple a cabalidad con la normativa vigente, y no aportan ningún antecedente que no haya sido tratado y zanjado previamente por todas las instancias técnicas”, agregó la compañía.

Los argumentos del Comité

Al examinar los fundamentos de las reclamaciones propiamente tal, el documento notificado a Andes Iron detalla que el conjunto de observaciones fueron sistematizados en cuatro áreas: una inadecuada definición del área de influencia del proyecto, específicamente en el medio marino y de la fauna marina protegida; una predicción y evaluación inadecuada de los impactos en el recurso hídrico; una línea base insuficiente sobre los recursos bentónicos, en particular por el efecto de la planta desalinizadora en el sector de Totoralillo; y el descarte de impactos significativos asociados a material particulado sedimentable (MPS).

Así, respecto al área de influencia marina, el documento sostiene que la determinación establecida por Andes Iron “no considera los aspectos biológicos de cada una de las especies amenazadas en categorías de conservación (Pingüino de Humboldt, Chungungo, Pato Yunco, Cetáceos), ni sus hábitat”. Agrega que dicha área de influencia “fue subestimada, toda vez que las partes, obras y acciones del proyecto, podrían generar impactos no evaluados sobre los principales objetos de conservación de las áreas protegidas cercanas”.

Sobre los efectos de la planta desalinizadora, el comité concluyó que durante la evaluación del proyecto “no hubo evaluación de impacto sobre la dimensión socioeconómica del medio humano relacionado con las Áreas de Manejo de Recursos Bentónicos (AMERB)”. Y agregó: “Dado la insuficiente línea de base y predicción y evaluación de impactos en el componente medio marino por la planta desaladora no es posible descartar que ello derive en impactos sobre las AMERB que representa un importante recurso natural de explotación económica de los grupos humanos presentes en el área del proyecto”.

En cuanto a los fundamentos sobre las reclamaciones vinculadas al componente hídrico, la resolución indica que “no se consideraron las condiciones más desfavorables para el diseño de las medidas del sistema de captación, acondicionamiento y reinyección de aguas de los acuíferos (Choros Altos y Choros), establecidas por la construcción del Rajo Sur, que asegure la no afectación a la calidad y disponibilidad del agua, por lo que no se puede asegurar la eficiencia de las medidas propuestas”.

Por su parte, sobre el descarte de impactos significativos del proyecto asociados a material particulado sedimentable, el documento señala que “no se fundamenta la no significancia del aporte de MPS, así como tampoco se realiza una evaluación de la concentración de hierro presente en el MPS, especialmente en relación a los recursos afectados (cultivos), y la duración y magnitud de la afectación”.

Finalmente, sobre las reclamaciones respecto a áreas protegidas y sitios prioritarios, la resolución del Comité de Ministros señala que “en concordancia con la deficiente línea de base del medio marino, se presentó un área de influencia de áreas protegidas y valor ambiental del territorio incompleta y subestimada, y no se consideró la evaluación del impacto sobre las especies protegidas, principal objeto de protección de las áreas protegidas en cuestión”.

El proyecto Dominga considera la construcción de dos rajos a cielo abierto para la extracción de concentrados de cobre y hierro, además de un terminal destinado tanto para el embarque de esos productos mediante un concentraducto subterráneo, así como también los acueductos y una línea de transmisión eléctrica.

Reparos locales

La vocera de la Asociación Comunal de La Higuera, Andrea Flores sostuvo que “no estamos de acuerdo con este informe, este rechazo se basó en argumentos políticos más que técnicos. En dos oportunidades el Tribunal Ambiental de Antofagasta ha dicho unánimemente, que el proyecto cumple con la normativa, así todas las instancias judiciales donde ha sido revisado”.

Marcelo Castillo, abogado que representa a Pescadores de La Higuera explicó que “la a resolución que acoge los recursos de reclamación no se atiene al mérito del expediente de evaluación de impacto ambiental del Proyecto Dominga, al Informe Consolidado de Evaluación -que recomienda la aprobación del proyecto- y a las materias objeto de los recursos de reclamación. En ese sentido, tiene vicios de legalidad y congruencia insalvables, que deben ser enmendados por el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta”.


Fuente/Pulso
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Royalty minero recaudó más de US$1.550 millones en su primer año de vigencia y tres mineras concentran el 90% de los pagos

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La cifra global de 2024 arrojó una recaudación mayor a la proyectada por el propio Ejecutivo. Las operaciones de Escondida, Collahuasi y Los Pelambres explicaron por sí solas US$1.398 millones en pagos de acuerdo a la nueva legislación, reafirmando la dependencia fiscal del Estado en un grupo reducido de faenas mineras, altamente rentables.


Una recaudación mayor a la proyectada consiguió durante 2024 la aplicación del nuevo royalty minero, en su primer año de vigencia. Si el Ejecutivo estimaba que el cobro tributario específico, aprobado en agosto de 2023, recaudaría en torno a US$1.350 millones en régimen, lo cierto es que la cifra del primer año de aplicación arrojó un número superior a ese. Al menos así lo revela un análisis realizado por la consultora 1st Quartil Mining, a los balances de la mineras que informaron a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) en sus estados de resultados los pagos relacionados con este y otros impuestos.

Así, de acuerdo con sus cálculos, el royalty minero generó una recaudación superior a los US$1.550 millones, considerando las trece principales operaciones mineras del país (ver gráfico), de un total de 34 sociedades afectas al régimen específico. Las cifras revisadas por la consultora no consideran el impuesto ad valorem correspondiente al 1% de los ingresos por ventas de cobre. El ejercicio fue liderado por el director ejecutivo de la entidad, Claudio Valencia.

Del total contabilizado, sólo tres operaciones concentran el 90% de los pagos: Minera Escondida, el mayor yacimiento de cobre del mundo operado por BHP -que cuenta con el 57,5% de la propiedad-, aportó con US$839 millones, siendo el mayor de los pagos en toda la industria minera del cobre y explicando el 54% del total. La cifra, neta de otros beneficios de los impuestos a las ganancias, es sólo una parte de los tributos totales que pagó la minera en el ejercicio pasado, que alcanzaron los US$ 2.371 millones, incluyendo los impuestos a la renta, donde las mineras pagan el mismo 27% corporativo que el resto de la industria.

Sin embargo, la reconciliación de la tasa de impuesto efectivamente pagada por Escondida arroja una cifra aún mayor: US$969 millones por concepto de royalty minero. Según detallan los propios balances de la compañía, el monto se compara con el pago por US$226 millones realizado durante 2023 por concepto del Impuesto Específico a la Actividad Minera (IEAM), que regía en ese entonces.

La aplicación del nuevo royalty minero hizo que para la principal operación productiva de cobre del país la tasa aplicada en gravámenes específicos saltara desde el 5,75% en 2023, al 17,11% en 2024.

Cabe recordar que el nuevo esquema tributario del sector pasó de gravar el resultado operacional de las mineras en una escala de tasas que rondaba entre 5% y 14%, a aplicar una escala de impuesto sobre el nivel de la producción de cada firma. De esta forma, aquellas firmas que producen menos de 50 mil toneladas anuales pagan entre un 0,4% y un 4,4%, mientras que aquellos productores que superen dicho nivel y más de la mitad de ella corresponda a cobre, pagarán un componente ad valorem de 1%, y además una tasa progresiva que va de 8% a 26% del margen operacional minero.

Escondida produjo en el ejercicio pasado un total de 1.241 mil toneladas de cobre fino, un 16% superior a lo visto en 2023. En dicho período, las utilidades de la minera alcanzaron los US$3.290 millones, El nuevo esquema tributario hizo que la minera anotara un aumento de 61% en el pago de impuestos, en comparación al mismo periodo de 2023.

El segundo actor que más contribuyó con los pagos contabilizados por 1st Quartil Mining fue Collahuasi, con aportes por US$363 millones. La operación, controlada por el joint venture entre Anglo American y Glencore, donde cada una cuenta con el 44% de la propiedad, y consorcio Japan Collahuasi Resources, el 12% restante, informó en sus balances que la tasa impositiva en 2024 alcanzó el 14,4%, versus el 6,7% visto en 2023, año en que pagó US$152 millones por el IEAM.

El resultado pasó por las 558 mil toneladas en producción de cobre que reportó la operación durante el ejercicio, lo que le permitió obtener utilidades por US$1.542,9 millones, y un reconocimiento por concepto de impuestos de US$969,9 millones.

En los documentos enviados por la minera a la CMF, habla de US$383,3 millones por concepto del royalty minero, calculado sobre la renta imponible operacional. A ello suma US$44,1 millones correspondientes al componente ad valorem calculado sobre las ventas.

El total, dice la propia compañía, asciende a los US$427,4 millones en reconocimientos por concepto de royalty minero.

El tercer actor que completa el listado de mineras que más pagan royalty es Los Pelambres, donde el grupo Luksic tiene el 60% de la propiedad, y un consorcio japonés, el 40% restante. Según la consultora, los aportes por royalty minero de Pelambres fue de US$196 millones en 2024. El cargo se compara con los US$86 millones pagados por la minera en 2023 por concepto del IEAM.

Según detallan los estados de resultados de Pelambres, la tasa aplicada para el cálculo del gravamen de la minera fue de un 12,73%, versus el 6,3% que se le aplicó con la legislación tributaria anterior.

Impacto en la competitividad

La mayor parte del resto de las operaciones mineras de cobre privadas realizaron aportes significativamente menores, incluso con montos inferiores a los US$ 70 millones. Además, varias de ellas no registraron pagos, como Spence, de BHP, dada la invariabilidad tributaria con la que cuenta dicha operación hasta 2032. En el grupo de las mineras que tampoco registraron pagos de royalty minero, también se encuentra Quebrada Blanca, controlada en un 60% por la canadiense Teck, un 30% de Sumitomo y el 10% que Codelco compró a Enami en 2024. La minera informó pérdidas por US$779 millones en 2024.

En el análisis de Valencia, los resultados muestran además de la concentración del 90% de los pagos en tres actores, un impacto en la competitividad del sector.

“Desde una perspectiva de mediano y largo plazo, el impacto del royalty en la competitividad de la industria minera nacional y el atractivo para la inversión debe ser siempre monitoreado y comparado frente a otros distritos mineros. Es fundamental para resguardar la competitividad, sostenibilidad y atractivo del país como destino de inversión minera”, indicó.

También, apuntó a la preocupación que sus clientes le han expresado por el correcto uso de los recursos.

”Un uso adecuado de estos fondos permite mejorar la calidad de vida de las comunidades y fomentar un desarrollo económico más diversificado y sostenible. Cuando la ciudadanía percibe beneficios concretos en su entorno, se fortalece la legitimidad social de la minería y se reduce la conflictividad. Por el contrario, la falta de planificación, control o transparencia en la asignación de estos recursos puede traducirse en malgasto, clientelismo o pérdida de confianza en las instituciones. Por ello, una gestión eficaz y estratégica del royalty no solo es una obligación ética, sino también una condición para asegurar el desarrollo armónico de los territorios mineros y la continuidad de la actividad extractiva con respaldo social”, agregó.

 



Fuente/Pulso/LaTercera
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Una mujer liderará directorio de SQM

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De forma sorpresiva para el mercado, SQM informo la renuncia sorpresiva del presidente y vicepresidente de su directorio, Gonzalo Guerrero y Patricio Contesse F., respectivamente.

Asimismo, por primera vez en su historia, el mayor productor de litio del mundo pasará a ser liderado por una mujer


A través de un hecho esencial la compañía comunicó la renuncia del actual presidente y vicepresidente de su directorio y el nombre de quien presidirá la instancia.

SQM informó este martes la renuncia del presidente y vicepresidente de su directorio, Gonzalo Guerrero y Patricio Contesse, respectivamente. Asimismo, por primera vez en su historia el mayor productor de litio del mundo pasará a ser liderado por una mujer, Gina Ocqueteau.

Según reportó la compañía a través de un hecho esencial presentado a la Comisión para el Mercado Financiero, ambos ejecutivos presentaron su dimisión a los cargos pero mantendrán otros roles dentro del mismo directorio.

El directorio reunido en sesión ordinaria, eligió a la directora Gina Ocqueteau como presidenta, mientras que Gonzalo Guerrero pasó al cargo de vicepresidente. Por su parte, Patricio Contesse, se mantendrá como director de la minera.

El cambio del gobierno corporativo de la firma respondería a una política interna que ha llevado adelante SQM desde la salida de su histórico presidente Julio Ponce Lerou tras 28 años y que contempla la renovación de los altos mandos del directorio cada tres años.

La primera mujer presidenta

Enfermera de la Universidad de Chile con un MBA de ESADE Bussiness School, Gina Ocqueteau se desempeñaba desde abril de 2022 como directora independiente de SQM por la serie A, tras ser postulada por el Grupo Pampa Çalichera (que elige 3 de los 8 integrantes del directorio).

A lo largo de su carrera se ha destacado por ocupar distintas gerencias de la ACHS, asi como su participación en una serie de directorios de distintas compañías. En la vereda pública, integró el Consejo Asesor del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género en 2021.

De acuerdo a la página web de SQM, actualmente es la Directora de la Cámara de Comercio Asia Pacífico y Fundación Marca Chile, consejera de Chile Mujeres, docente de BOW Mujeres Empresarias, cofundadora de Unión Emprendedora, socia fundadora de CrossCheck y gerenta general de Waygroup Chile. También es directora de Enel Chile desde abril de este año.

 



Fuente/Diario Financiero
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Crecimiento

Gobierno cierra misión en Bruselas con acuerdos estratégicos para fortalecer estrategia de minerales críticos

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Ministra Aurora Williams encabeza misión sobre minerales críticos en Bruselas para fortalecer alianza estratégica con la Unión Europea

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Codelco acuerda términos y condiciones con BHP para la exploración de su pertenencia “Anillo”

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