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COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE DE LA CC ELIMINA POLÉMICO ARTÍCULO SOBRE EL COBRE

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En minería se reformuló la norma y ya no se establece que solo el Estado podrá desarrollar la actividad minera sobre el litio, como tampoco lo que a juicio de algunos críticos apuntaba a lo mismo sobre el cobre.


La sesión fue citada para las 21.30 horas hasta total despacho, pero finalmente comenzó casi una hora después por problemas técnicos. La comisión de Medio Ambiente de la Convención Constitucional se reunió este martes por la noche para votar por última vez los cambios a los artículos que rechazó el pleno el sábado recién pasado, entre ellos, sobre temas de minería, aguas, energía y bienes comunes naturales. La idea es que esta nueva propuesta se vote el sábado próximo otra vez en el pleno.

En esta ocasión los convencionales partieron por aprobar que “el mar territorial y las playas son bienes comunes naturales inapropiables”. Esto se compara con la anterior propuesta que habían hecho al pleno, donde además del mar y las playas, se incluía a “los ecosistemas oceánicos y costeros”, lo cual ahora se excluyó.

Pero se agregó un nuevo artículo sobre “espectro radioeléctrico”, el cual ahora también es declarado como un bien común natural inapropiable. “Es deber del Estado evitar la concentración en la distribución en su uso”, agrega la norma aprobada. Actualmente el borrador de la nueva Constitución solo tenía al agua y el aire como bienes comunes naturales inapropiables.

En minería, se aprobó un artículo que señala que “quedarán excluidos de toda actividad minera los glaciares, las áreas protegidas, las que por razones de protección hidrográfica establezca la ley, y las demás que ella declare”. Anteriormente se incorporaban también “las zonas de origen de cuencas hidrográficas”, cuestión que generaba críticas entre algunos convencionales y desde la minería, tema que ahora no vuelve al pleno.

En una de las materias que era más polémica, se sustituyó el artículo que anteriormente señalaba que solo el Estado puede desarrollar la actividad minera sobre el litio, y que a juicio de algunos críticos apuntaba a lo mismo sobre el cobre, pero con participación minoritaria de privados; y donde también se hablaba de que “todas las actividades mineras requerirán autorización administrativa otorgada por la autoridad competente”.

Ahora dicho artículo quedó así: “Las actividades mineras de exploración, explotación o aprovechamiento, requerirán ser autorizadas por los títulos administrativos que defina la ley. Sus beneficiarios estarán obligados a realizar las actividades respectivas. Los títulos otorgados bajo la vigencia de esta Constitución lo serán de forma temporal y sujetarán las actividades a las que se refieran a condiciones y causales de caducidad y revocación debidamente especificadas”.

Dicho artículo aprobado agrega que “la ley establecerá las condiciones para su renovación. Se otorgarán mediante un procedimiento transparente e informado a la ciudadanía, por un órgano autónomo creado por ley. Sobre ellos no habrá propiedad, pero darán a sus beneficiarios los derechos y obligaciones que establezca la ley y el respectivo título. La Constitución protege los derechos así incorporados en el título, y el derecho del beneficiario a requerir su protección judicial”.

También se aprobó que “la ley regulará las regalías u otro tipo de compensaciones patrimoniales que deberá percibir el Estado por la explotación y aprovechamiento de las sustancias señaladas en el artículo 22. Las regalías no tendrán carácter tributario. La ley podrá destinar parte de los recursos recaudados a la reparación de daños socioambientales generados por la actividad minera, así como para la investigación e innovación del desarrollo productivo en el sector u otras que defina la ley”.

Y le dieron el visto bueno a otro artículo que señala que “el Estado y las entidades territoriales recibirán regalías por el uso de las sustancias del artículo 22. Dichas regalías deberán estar sujetas al principio de no regresión y no constituirán un gasto deducible”.

Adicionalmente se aprobó que “el Estado deberá regular los impactos y efectos sinérgicos generados en las distintas etapas de la actividad minera, incluyendo su encadenamiento productivo, cierre o paralización, en la forma que establezca la ley. Será obligación de quien realice la actividad minera destinar recursos para reparar los daños causados, los pasivos ambientales y mitigar sus efectos nocivos en los territorios en que ésta se desarrolla, de acuerdo a la ley. La ley especificará el modo en que esta obligación se aplicará a la pequeña minería y pirquineros”.

Por otro lado, también se sustituyó el artículo que hablaba de que el Estado preservaría la criósfera, glaciares y permafrost, entre otros detalles que contenía la norma, por un artículo más escueto, el cual dice que “el Estado garantiza la protección de los glaciares y del entorno glaciar, incluyendo los suelos congelados y sus funciones ecosistémicas”.

En tanto, en el estatuto constitucional de la energía se aprobó que “toda persona tiene derecho a un mínimo vital de energía asequible y segura. Es deber del Estado garantizar el acceso equitativo y no discriminatorio a la energía que permita a las personas satisfacer sus necesidades, velando por la continuidad de los servicios energéticos. El Estado deberá regular y fomentar una matriz energética distribuida, descentralizada y diversificada, basada en energías renovables y de bajo impacto ambiental. En el caso del inciso anterior, el Estado también planificará y determinará las políticas de la matriz energética. La infraestructura energética es de interés público. El Estado fomentará y protegerá las empresas cooperativas de energía y el autoconsumo”.


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Royalty minero recaudó más de US$1.550 millones en su primer año de vigencia y tres mineras concentran el 90% de los pagos

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La cifra global de 2024 arrojó una recaudación mayor a la proyectada por el propio Ejecutivo. Las operaciones de Escondida, Collahuasi y Los Pelambres explicaron por sí solas US$1.398 millones en pagos de acuerdo a la nueva legislación, reafirmando la dependencia fiscal del Estado en un grupo reducido de faenas mineras, altamente rentables.


Una recaudación mayor a la proyectada consiguió durante 2024 la aplicación del nuevo royalty minero, en su primer año de vigencia. Si el Ejecutivo estimaba que el cobro tributario específico, aprobado en agosto de 2023, recaudaría en torno a US$1.350 millones en régimen, lo cierto es que la cifra del primer año de aplicación arrojó un número superior a ese. Al menos así lo revela un análisis realizado por la consultora 1st Quartil Mining, a los balances de la mineras que informaron a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) en sus estados de resultados los pagos relacionados con este y otros impuestos.

Así, de acuerdo con sus cálculos, el royalty minero generó una recaudación superior a los US$1.550 millones, considerando las trece principales operaciones mineras del país (ver gráfico), de un total de 34 sociedades afectas al régimen específico. Las cifras revisadas por la consultora no consideran el impuesto ad valorem correspondiente al 1% de los ingresos por ventas de cobre. El ejercicio fue liderado por el director ejecutivo de la entidad, Claudio Valencia.

Del total contabilizado, sólo tres operaciones concentran el 90% de los pagos: Minera Escondida, el mayor yacimiento de cobre del mundo operado por BHP -que cuenta con el 57,5% de la propiedad-, aportó con US$839 millones, siendo el mayor de los pagos en toda la industria minera del cobre y explicando el 54% del total. La cifra, neta de otros beneficios de los impuestos a las ganancias, es sólo una parte de los tributos totales que pagó la minera en el ejercicio pasado, que alcanzaron los US$ 2.371 millones, incluyendo los impuestos a la renta, donde las mineras pagan el mismo 27% corporativo que el resto de la industria.

Sin embargo, la reconciliación de la tasa de impuesto efectivamente pagada por Escondida arroja una cifra aún mayor: US$969 millones por concepto de royalty minero. Según detallan los propios balances de la compañía, el monto se compara con el pago por US$226 millones realizado durante 2023 por concepto del Impuesto Específico a la Actividad Minera (IEAM), que regía en ese entonces.

La aplicación del nuevo royalty minero hizo que para la principal operación productiva de cobre del país la tasa aplicada en gravámenes específicos saltara desde el 5,75% en 2023, al 17,11% en 2024.

Cabe recordar que el nuevo esquema tributario del sector pasó de gravar el resultado operacional de las mineras en una escala de tasas que rondaba entre 5% y 14%, a aplicar una escala de impuesto sobre el nivel de la producción de cada firma. De esta forma, aquellas firmas que producen menos de 50 mil toneladas anuales pagan entre un 0,4% y un 4,4%, mientras que aquellos productores que superen dicho nivel y más de la mitad de ella corresponda a cobre, pagarán un componente ad valorem de 1%, y además una tasa progresiva que va de 8% a 26% del margen operacional minero.

Escondida produjo en el ejercicio pasado un total de 1.241 mil toneladas de cobre fino, un 16% superior a lo visto en 2023. En dicho período, las utilidades de la minera alcanzaron los US$3.290 millones, El nuevo esquema tributario hizo que la minera anotara un aumento de 61% en el pago de impuestos, en comparación al mismo periodo de 2023.

El segundo actor que más contribuyó con los pagos contabilizados por 1st Quartil Mining fue Collahuasi, con aportes por US$363 millones. La operación, controlada por el joint venture entre Anglo American y Glencore, donde cada una cuenta con el 44% de la propiedad, y consorcio Japan Collahuasi Resources, el 12% restante, informó en sus balances que la tasa impositiva en 2024 alcanzó el 14,4%, versus el 6,7% visto en 2023, año en que pagó US$152 millones por el IEAM.

El resultado pasó por las 558 mil toneladas en producción de cobre que reportó la operación durante el ejercicio, lo que le permitió obtener utilidades por US$1.542,9 millones, y un reconocimiento por concepto de impuestos de US$969,9 millones.

En los documentos enviados por la minera a la CMF, habla de US$383,3 millones por concepto del royalty minero, calculado sobre la renta imponible operacional. A ello suma US$44,1 millones correspondientes al componente ad valorem calculado sobre las ventas.

El total, dice la propia compañía, asciende a los US$427,4 millones en reconocimientos por concepto de royalty minero.

El tercer actor que completa el listado de mineras que más pagan royalty es Los Pelambres, donde el grupo Luksic tiene el 60% de la propiedad, y un consorcio japonés, el 40% restante. Según la consultora, los aportes por royalty minero de Pelambres fue de US$196 millones en 2024. El cargo se compara con los US$86 millones pagados por la minera en 2023 por concepto del IEAM.

Según detallan los estados de resultados de Pelambres, la tasa aplicada para el cálculo del gravamen de la minera fue de un 12,73%, versus el 6,3% que se le aplicó con la legislación tributaria anterior.

Impacto en la competitividad

La mayor parte del resto de las operaciones mineras de cobre privadas realizaron aportes significativamente menores, incluso con montos inferiores a los US$ 70 millones. Además, varias de ellas no registraron pagos, como Spence, de BHP, dada la invariabilidad tributaria con la que cuenta dicha operación hasta 2032. En el grupo de las mineras que tampoco registraron pagos de royalty minero, también se encuentra Quebrada Blanca, controlada en un 60% por la canadiense Teck, un 30% de Sumitomo y el 10% que Codelco compró a Enami en 2024. La minera informó pérdidas por US$779 millones en 2024.

En el análisis de Valencia, los resultados muestran además de la concentración del 90% de los pagos en tres actores, un impacto en la competitividad del sector.

“Desde una perspectiva de mediano y largo plazo, el impacto del royalty en la competitividad de la industria minera nacional y el atractivo para la inversión debe ser siempre monitoreado y comparado frente a otros distritos mineros. Es fundamental para resguardar la competitividad, sostenibilidad y atractivo del país como destino de inversión minera”, indicó.

También, apuntó a la preocupación que sus clientes le han expresado por el correcto uso de los recursos.

”Un uso adecuado de estos fondos permite mejorar la calidad de vida de las comunidades y fomentar un desarrollo económico más diversificado y sostenible. Cuando la ciudadanía percibe beneficios concretos en su entorno, se fortalece la legitimidad social de la minería y se reduce la conflictividad. Por el contrario, la falta de planificación, control o transparencia en la asignación de estos recursos puede traducirse en malgasto, clientelismo o pérdida de confianza en las instituciones. Por ello, una gestión eficaz y estratégica del royalty no solo es una obligación ética, sino también una condición para asegurar el desarrollo armónico de los territorios mineros y la continuidad de la actividad extractiva con respaldo social”, agregó.

 



Fuente/Pulso/LaTercera
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Una mujer liderará directorio de SQM

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De forma sorpresiva para el mercado, SQM informo la renuncia sorpresiva del presidente y vicepresidente de su directorio, Gonzalo Guerrero y Patricio Contesse F., respectivamente.

Asimismo, por primera vez en su historia, el mayor productor de litio del mundo pasará a ser liderado por una mujer


A través de un hecho esencial la compañía comunicó la renuncia del actual presidente y vicepresidente de su directorio y el nombre de quien presidirá la instancia.

SQM informó este martes la renuncia del presidente y vicepresidente de su directorio, Gonzalo Guerrero y Patricio Contesse, respectivamente. Asimismo, por primera vez en su historia el mayor productor de litio del mundo pasará a ser liderado por una mujer, Gina Ocqueteau.

Según reportó la compañía a través de un hecho esencial presentado a la Comisión para el Mercado Financiero, ambos ejecutivos presentaron su dimisión a los cargos pero mantendrán otros roles dentro del mismo directorio.

El directorio reunido en sesión ordinaria, eligió a la directora Gina Ocqueteau como presidenta, mientras que Gonzalo Guerrero pasó al cargo de vicepresidente. Por su parte, Patricio Contesse, se mantendrá como director de la minera.

El cambio del gobierno corporativo de la firma respondería a una política interna que ha llevado adelante SQM desde la salida de su histórico presidente Julio Ponce Lerou tras 28 años y que contempla la renovación de los altos mandos del directorio cada tres años.

La primera mujer presidenta

Enfermera de la Universidad de Chile con un MBA de ESADE Bussiness School, Gina Ocqueteau se desempeñaba desde abril de 2022 como directora independiente de SQM por la serie A, tras ser postulada por el Grupo Pampa Çalichera (que elige 3 de los 8 integrantes del directorio).

A lo largo de su carrera se ha destacado por ocupar distintas gerencias de la ACHS, asi como su participación en una serie de directorios de distintas compañías. En la vereda pública, integró el Consejo Asesor del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género en 2021.

De acuerdo a la página web de SQM, actualmente es la Directora de la Cámara de Comercio Asia Pacífico y Fundación Marca Chile, consejera de Chile Mujeres, docente de BOW Mujeres Empresarias, cofundadora de Unión Emprendedora, socia fundadora de CrossCheck y gerenta general de Waygroup Chile. También es directora de Enel Chile desde abril de este año.

 



Fuente/Diario Financiero
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Crecimiento

Gobierno cierra misión en Bruselas con acuerdos estratégicos para fortalecer estrategia de minerales críticos

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Ministra Aurora Williams encabeza misión sobre minerales críticos en Bruselas para fortalecer alianza estratégica con la Unión Europea

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Codelco acuerda términos y condiciones con BHP para la exploración de su pertenencia “Anillo”

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